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CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO El Alcalde del MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA – SANTANDER, expresa el sentido que para las buenas prácticas de control, El Manual de Políticas Gerenciales, Código de Buen Gobierno, ocupa un lugar destacado dentro de los objetivos de fortalecimiento de la política de control que se plantea la Administración, donde El Manual de Políticas Gerenciales, Código de Buen Gobierno se constituye en el estándar de control del Elemento de Control Estilo de Dirección del Modelo Estándar de Control Interno, que ayuda a definir la filosofía y el modo de administrar del Alcalde como Gerente Público. I. CONTEXTO ESTRATÉGICO DEL MUNICIPIO Identificación y naturaleza Articulo 1. El municipio de Floridablanca se encuentra fisiográficamente ubicado en la zona montañosa del costado occidental de la cordillera Oriental, entre el macizo de Santander y el piedemonte cordillerano. Esta posición estratégica le permite ubicar terrenos en el macizo de Santander, en la zona de mesas y en el valle intermontañoso denominado meseta de Bucaramanga y así poseer casi todos los pisos térmicos con la consecuente variedad de fauna y flora. Debido a la posición fisiográfica y a la topografía quebrada de la zona montañosa, cuya altitud oscila entre los 800 y 3.000 metros sobre el nivel del mar (msnm), la altura es un factor determinante en las condiciones climáticas del Municipio**. Este aspecto contribuye a la formación de diferentes pisos térmicos, cuya distribución porcentual de área es la siguiente: cálido en un 28%, con una temperatura promedio de 23 ºC; templado en un 49%, con temperatura promedio de 17,5 ºC frío en un 23%, con temperatura promedio de 12 ºC. Sus límites geográficos son: NORTE: limita con los municipios de Bucaramanga y de Tona. SUR: con el municipio de Piedecuesta OCCIDENTE: con los municipios de Girón y de Bucaramanga ORIENTE: Con los municipios de Tona y de Piedecuesta. Extensión total: 9.868 Hectáreas Extensión área urbana: 1.513 Hectáreas Extensión área rural: 8.355 Hectáreas Altitud (metros sobre el nivel del mar): 925 metros m.s.n.m Temperatura media: 23º Centígrados Distancia de referencia: Se encuentra a ocho (8) kilómetros al sur de la ciudad de Bucaramanga, la capital del departamento de Santander y pertenece al AMB, República de Colombia. La razón de ser municipal se encuentra caracterizada en la Constitución Política Nacional, de la siguiente manera: “Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Artículo 311. Al municipio como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”. Ley 136/94, define en los siguientes términos, a la Entidad Territorial: “ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN. El municipio es la entidad territorial fundamental de la división político administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa dentro de los límites que lo señalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio”. El artículo tercero de la misma ley, determina las funciones por las cuales el Municipio debe responder. EL MUNICIPIO Y SU RELACIÓN CON EL ENTORNO Artículo 2. El programa de renovación de la administración pública, PRAP fortalece la nueva cultura de lo público y tiene como objeto la creación y consolidación de un estado gerencial que presupone una gestión transparente e integra, austera en el manejo de los recursos públicos y al servicio del ciudadano. Dentro del nuevo enfoque de la Administración Pública emergen los conceptos de: negociación, gestión de riesgos, gestión de la calidad, conectividad y comunicaciones; integrados a la función y acción administrativa. Es por ello que tenemos que identificar, entender, analizar y prospectar nuestra relación con el entorno glo |