Los ciudadanos que se encuentren interesados en realizar mudanzas, también conocidas como trasteos durante la vigencia del aislamiento preventivo obligatorio en el municipio de Floridablanca deben tener en cuenta los protocolos de bioseguridad y realizar el trámite correspondiente.
El secretario del Interior de Floridablanca, Jaime Ordóñez, señaló que este servicio se habilitó con el decreto presidencial 636, expedido el 06 de mayo, y el decreto municipal de Floridablanca 211, expedido el 11 de mayo; en los cuales se explica las condiciones para realizar este proceso.
Para el transporte del mismo, se da cumplimiento de lo estipulado en la Circular Conjunta No.5 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y el Ministerio de Transporte , emitió el procedimiento, Solo quienes cumplan con los requisitos podrán realizar un trasteo en medio del aislamiento preventivo obligatorio.
Además, destacó que las autoridades locales vigilarán que cada uno de los trasteos cumpla con requisitos básicos de bioseguridad.
Que incluye la protección de los trabajadores como de los ciudadanos que deben cambiar su lugar de residencia.
Trámite para el permiso
Los ciudadanos interesados deben seguir los siguientes pasos:
- Presentar una solicitud a través de la dirección de correo electrónico interior@floridablanca.gov.co
- En este el ciudadano debe manifestar las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que dieron lugar al trasteo o mudanza.
- También se debe especificar el lugar de salida y llegada de la mudanza, el día en que se llevará a cabo y el nombre de la empresa prestadora de servicio de transporte de carga que lo realizará.
- La solicitud será revisada por los funcionarios de la alcaldía, quienes darán respuesta en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles después de enviada la solicitud al correo electrónico que suministraron en la solicitud.
*Para las empresas de transporte de carga que presten servicios de mudanza*
- Los interesados podrán realizar mudanzas a través de empresas legalmente habilitadas para prestar el servicio de transporte carga.
- La mudanza solo podrá realizarse con estricto cumplimiento por parte del interesado y de la empresa prestadora del servicio, de los protocolos de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19 establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, cuyo cumplimiento es objeto de verificación en cualquier momento por la autoridad territorial correspondiente.
- En todo caso, cuando se trate de la prestación del servicio público de transporte de carga estará sujeto a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte.